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Qué pasa si impido al perito de Hacienda visitar mi casa para cobrarme más por el ITP.
Uno de los métodos más utilizados por las comunidades autónomas a la hora de realizar una comprobación de valores a efectos del ITP es el del dictamen de peritos. Los Tribunales exigen que el perito de la Administración visite el inmueble, para que tal valoración sea válida. Pero, ¿qué puede ocurrirle al contribuyente si no deja entrar al perito en su vivienda para que la valore?
“La principal interesada en que el perito realice una visita personal al inmueble es la propia Administración. Y es que la experiencia de los múltiples varapalos judiciales sufridos en los últimos años le ha enseñado que la visita al inmueble es imprescindible para los Tribunales. Y que la valoración realizada sin existir tal visita, normalmente será anulada”.
Tal y como recuerda el experto, el Tribunal Supremo, en una sentencia dictada en marzo de 2012, exigió la visita personal del inmueble, cuando en el informe pericial de la Administración se tengan en cuenta a los efectos de la valoración, circunstancias como el estado de conservación, calidad de los materiales y elementos constructivos, etc. Ciertamente, difícilmente un perito va a poder valorar estas circunstancias desde el sillón de su despacho, y sin inspeccionar el inmueble personalmente.
Sin embargo, la visita no será exigible en todos los casos en los que se emplee el método del dictamen de peritos. Por ejemplo, si el bien a valorar es una plaza de garaje, no será necesario tener en cuenta las anteriores circunstancias de calidades y estado de conservación, por lo que no hará falta tal visita del perito. Así lo ha declarado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
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