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No te creas Picasso: sigue estos 8 consejos si no quieres liarla con el color cuando pintes tu casa

Ya tienes el rodillo listo pero no una idea clara del color que quieres. No te precipites y evitarás errores. Además de una cuestión de gusto, el color ideal para un espacio depende de otros factores, como el tamaño de la estancia, la luz, el estilo de los muebles, textiles y complementos o el propio acabado de la pintura.

También es bueno tener en cuenta los avances tecnológicos, que facilitarán mucho las tareas para elegir el tono adecuado. Aprende, en 8 sencillos pasos, todo lo que tienes que saber antes de pintar tu casa:

1. Luz y color son inseparables
El tono que elijas ha de ser adecuado a la cantidad de luz del espacio. Por ejemplo, aunque las habitaciones luminosas puedan permitirse el uso de tonos oscuros, los más claros serán los que mejor van a reflejar la luz natural, dando al espacio mayor claridad y amplitud visual. Elige esos colores profundos en espacios menos luminosos y de dimensiones no muy grandes.

Consejo Houzz. La orientación también influye en cómo un color va a sentar en tu casa: una habitación con pocas horas de sol directo resultará fría pintada de blanco –el color aparentemente más luminoso. En este caso, decántate por un tono más cálido, como un crudo o crema.

2. Brillante o mate: el acabado de la pintura es determinante 
Las pinturas mates disimulan muy bien los defectos de la pared y son más depuradas, pero también resultan más difíciles de limpiar. 
Por su parte, las superficies satinadas o brillantes reflejan la luz y amplían visualmente el espacio. 

Consejo Houzz. Si buscas algo práctico, una pintura brillante siempre será más resistente a la limpieza. ¿Reparos? No están tan de moda y requieren paredes en perfecto estado para lucir en todo su esplendor.

3. El color elegido debe ‘llevarse bien’ con el resto de muebles, telas y complementos 
Es fácil enamorarse de un color de tendencia, pero antes de lanzarse a comprar unos cuantos litros, piensa en conjunto. De lo contrario, te verás obligado a comprar nuevos muebles… o a volver a pintar en otro color.
En líneas generales, si las piezas de mobiliario son coloridas y en tonos oscuros, opta por colores suaves en las paredes, que no compitan con ellas. Por el contrario, si se trata de un mobiliario neutro o de estética minimalista, un tono destacado en las paredes dará mayor personalidad a la habitación.

Consejo Houzz. La elección de un color determinado puede favorecer o perjudicar el estilo de una vivienda. Por ejemplo, un piso estándar va a enriquecerse con colores elaborados o con gamas desgastadas; uno de estilo rústico, con colores de inspiración natural.

4. Antes de elegir un color, define qué va (y qué no va) contigo
En ocasiones, sabemos que no queremos seguir con ese blanco sin estilo que nos ha acompañado durante décadas, pero ignoramos qué le quedaría bien a nuestra casa. Déjate inspirar, investiga y, cuando tengas una selección de colores y posibles ideas de aplicación, imagina cómo quedarían en nuestras paredes, aunque sin poner una sola gota de pintura en ellas (por el momento).

Consejo Houzz. Para algunas personas, elegir el blanco no es pintar. Sin embargo, es un tono fundamental en los ambientes nórdicos, tan de moda. Por otro lado, tanto en los clásicos como en los rústicos, el blanco aportará un fondo neutral, que permitirá un mayor lucimiento del mobiliario.

5. Haz uso de la ‘pintura virtual’
La tecnología de realidad aumentada permite ‘pintar’ las paredes y ver el resultado en tiempo real, visualizando los colores en el teléfono móvil o en la tableta, y cambiándolos hasta dar con el que nos gusta.
No tengas miedo a pedir opiniones de amigos. Generalmente, estas herramientas virtuales son gratuitas (Bruguer Visualizer, Paint My Wall, Color Smart, Alba Visualizer…), y te van a permitir compartir capturas de los ambientes, para pedir una segunda opinión. 

Consejo Houzz. Los colores digitales no siempre se ajustan cien por cien a la realidad: Busca el color elegido en una pantonera. En los establecimientos especializados, te facilitarán muestras para probarlas sobre el terreno.

6. El color de un muestrario y el que cubrirá las paredes ser diferentes
En general, los colores suelen parecer más oscuros en la pared que en las muestras: elige un tono ligeramente más claro del que te gusta. En cualquier caso, lo mejor es probarlos para que no queden dudas. 
Para ello, puedes encargar dos o tres muestras pequeñas de los tonos que te gusten y aplicarlas directamente en la pared en lugares estratégicos, como cerca de las ventanas y en las esquinas. Déjalas secar y contémplalas en diferentes momentos del día para tomar la decisión definitiva.

7. Los sistemas tintométricos te permitirán hacer un color a la carta
Estos avances y gracias al código de referencia, te permitirán reproducirlo, por si nos quedáramos cortos de pintura, o si hay que hacer reparaciones en el futuro.

Consejo Houzz. No cedas a la tentación de modificar ‘a mano’ el color o sobre la marcha, ni tampoco aclararlo: evitarás diferencias de tonos.

8. Ya se puede replicar exactamente el color de una tapicería, de unas cortinas o, incluso, de ese cojín que te encanta
Las tiendas especializadas pueden analizar el color en concreto, con la ayuda de espectrofotómetros, para reproducirlo con la mayor fidelidad posible. Esto es posible, tanto en pintura plástica para las paredes, como en versiones sintéticas para puertas, ventanas y muebles.

 

22 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Esto es lo que te puede pasar si no cancelas la hipoteca en el Registro

Si eres de los hipotecados que han conseguido amortizar toda la hipoteca, enhorabuena. Has logrado cancelarla en el banco, pero no en el Registro de la Propiedad. Aunque no es obligatorio, los expertos sí lo recomiendan para evitar futuros problemas ante terceros. La extinción de la deuda hipotecaria no lleva implícito la desaparición de esta carga en el Registro.

Según Juan Villén, responsable de idealista hipotecas, la mayoría de las personas no cancela la hipoteca en el Registro porque no es obligatorio y porque no quiere pagar los costes que supone: unos 200 euros de media, aunque varía en función del importe de la hipoteca. De hecho, tal y como señala el notario José Carmelo Llopis, en el Registro hay cargas inscritas en pesetas e incluso en maravedíes.

Hay una alternativa para evitar parte de estos gastos y pasa por esperar a que la cancelación prescriba, algo que sucede 21 años después de amortizar toda la hipoteca en el banco. Es decir, si en 1995 saldaste tu deuda con la entidad, desde 2016 puedes enviar una carta al Registro y señalar que por prescripción se levante la carga. De este modo, te ahorras los aranceles notariales pero no los registrales. 

Si no quieres esperar todo este tiempo, es necesario contar con la escritura de carta de pago que es un documento por el que el banco reconoce que se ha extinguido la hipoteca ante notario. ésta es la carta que el cliente tiene que llevar al Registro para que deje de figurar la deuda hipotecaria.

Estas son algunos casos en los que es mejor cancelar la hipoteca para evitar sorpresas indeseadas, tal y como detalla Juan Villén:

1.- Si vas a vender la vivienda: el nuevo propietario pedirá que la hipoteca esté cancelada en el Registro. Si no es así, la operación no será viable.

2.- Si quieres hipotecar la vivienda de nuevo: quizás necesites hipotecar de nuevo tu casa para hacer frente a un pago imprevisto o para montar un negocio. En este caso, es obligatorio ir al Registro y extinguir la carga para que el banco pueda darte el préstamo con garantía hipotecaria.

3.- En caso de una herencia: a los herederos de una vivienda les conviene acudir al Registro y comprobar que el inmueble no tiene ninguna carga, sobre todo si la idea es ponerlo a la venta.

4.- Una vivienda libre de cargas tiene más valor: a efectos de la solvencia patrimonial del propietario el valor de una vivienda hipotecada será menor que el de un inmueble sin cargas, lo que facilita cualquier tipo de operación financiera que quiera realizarse.

Cómo cancelar la hipoteca en el Registro

Como recuerda Juan Villén, la cancelación es una operación jurídica necesaria para que se extinga la carga hipotecaria en el Registro de la Propiedad. Para ello es necesario presentar en el Registro la escritura de cancelación y la documentación que acredite la presentación a liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su caso.  

 

21 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Los expertos de "El Hipotecador" han analizado los mejores productos hipotecarios que se pueden solicitar para febrero de 2017

1. RN Tu solución hipotecaria - Hipoteca Verde RN Exclusive

Pros: La Hipoteca Verde RN Exclusive sigue siendo la mejor opción hipotecaria por delante de las demás entidades financieras dado su bajo tipo de interés (Euribor +0,70%, el más bajo del mercado), únicamente con vinculaciones mínimas y sin comisiones. Además, la entidad proporciona a sus clientes asesoramiento gratuito y sin compromiso durante todo el proceso de constitución de la hipoteca.

Contras: La entidad aplica unos honorarios por la gestión como empresa de intermediación financiera.

2. ING Direct - Hipoteca Naranja

Pros: La Hipoteca Naranja de ING se mantiene en un segundo puesto gracias a su diferencial competitivo (+0,99%), la posibilidad de realizar el préstamo hipotecario hasta 40 años y exigir las mínimas vinculaciones. Aparte, la entidad no aplica ninguna comisión ni interés de salida.

Contras: ING Direct es un banco que no se caracteriza precisamente por su rapidez a la hora de tramitar hipotecas aunque no tiene que ser necesariamente un hándicap, depende del cliente.

3. Abanca - Hipoteca Mari Carmen

Pros: La Hipoteca Mari Carmen se afianza en el tercer puesto desde que el pasado mes de Enero bajara su tipo de interés hasta Euribor +0,95%. Además, puedes solicitar el aplazamiento de hasta 24 cuotas de la hipoteca, una vez hayas pagado las 60 primeras cuotas completas, que incluyan capital e intereses y siempre que no te queden menos de 5 años para el vencimiento. Esta novedad persigue la flexibilidad y comodidad en los pagos.

Contras: Al ser una hipoteca bonificada es necesario cumplir con una serie de vinculaciones como son: domiciliar una nómina o ingreso recurrente, contratar un seguro de vida y otro de hogar y una tarjeta de crédito con un gasto mínimo anual. La entidad aplica durante los primeros 24 meses del préstamo un tipo de interés de +1,10%.

4. Kutxabank - Hipoteca Variable

Pros: La Hipoteca Variable de Kutxabank tiene el segundo mejor tipo de interés del mercado (Euribor +0,90%) pero al ser una hipoteca con bonificaciones hay que cumplir con unos requisitos para acceder a este diferencial. Asimismo, la entidad deja a libre disposición del cliente el día del mes que prefiera para que el banco ejecute el cargo de la cuota de la hipoteca.

Contras: Las vinculaciones necesarias son las siguientes: domiciliar la nómina o ingreso recurrente, contratar un seguro de hogar y vida, un plan de pensiones y usar las tarjetas de crédito/débito. No son obligatorias, pero cada vinculación no contratada penaliza en forma de incremento del tipo de interés.

5. BBVA - Hipoteca Variable

Pros: La Hipoteca Variable de BBVA recupera el quinto puesto de nuestro ranking después de rebajar su tipo de interés (Euribor +0,99%) previa aceptación de una serie de vinculaciones. El plazo máximo de devolución es 30 años.

Contras: Para obtener este diferencial es necesario: domiciliar una nómina o pensión por valor igual o superior a 1.500€ o 2.000€ en caso de ser dos titulares, contratar un seguro de vida y hogar con BBVA y un plan de pensiones por una aportación anual de 600€.

20 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Artículo escrito por Ferran Teva Mont, ex juez y abogado

En ocasiones puede ocurrir que el banco venda nuestra hipoteca a otra entidad bancaria, a una financiera o a un fondo de inversión. Con dicha cesión, los nuevos “propietarios” de la hipoteca son los que nos reclamarán el pago de las cuotas mensuales. Pero, ¿por qué sucede esto? Y, sobre todo, ¿qué ventajas o inconvenientes tiene para nosotros?

Bajo todo el papeleo, se le brinda al hipotecado, por ley, la oportunidad de extinguir nuestra hipoteca por un precio muy inferior a su valor. Este hecho es ampliamente desconocido, pero puede ser extremadamente beneficioso para el titular de la vivienda. No obstante, hay poco tiempo para detectarlo y el banco no tiene por qué comunicárnoslo, según otra cláusula abusiva más de las hipotecas.

Así, el banco puede ceder nuestra deuda a otro banco, pero también a una financiera o a un fondo de inversión. Esta tercera opción suele ser un “fondo buitre”, es decir, un fondo de inversión que se dedica a comprar deudas privadas o públicas por importes muy bajos para especular, obteniendo enormes ganancias. Cuando un banco está al borde de la quiebra, puede actuar de esta manera, acudiendo a fondos buitres que no pierden estas oportunidades tan jugosas.

Pero los hipotecados tampoco deberían perder esta oportunidad, aunque les ponen una gran traba para ello. En concreto, la cláusula de cesión de crédito a terceros establece que la entidad financiera podrá ceder el préstamo en todo o en parte a favor de terceros, sin necesidad de solicitar autorización al deudor, en virtud de esta cláusula abusiva que aparece en todas las hipotecas.

Así, el hipotecado solo dispone de nueve días desde la venta del préstamo para comprar la deuda al nuevo acreedor por el precio que éste ha pagado, más las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho (según se establece en el artículo 1535 del Código Civil).

El gran obstáculo está en que la mayoría de los textos de hipoteca contienen esta cláusula según la cual el hipotecado renuncia expresamente a que le comuniquen la cesión de su hipoteca, un derecho establecido en el artículo 149 de la Ley Hipotecaria. Se trata, por descontado, de una cláusula abusiva. Y ante la ley podemos ejercer el derecho de solicitar que se anule.

Sumadas ambas trabas, parece misión imposible. Pero existen procedimientos para estar al tanto de una posible venta de nuestra hipoteca, que conocemos bien los abogados especialistas en derecho hipotecario. No es sencillo, pero sí posible, y merece la pena tener conocimiento de ello porque significaría una oportunidad de convertir una dación en pago (si no podemos afrontar nuestra hipoteca y vamos a perder nuestra casa) en una inteligente maniobra para ser los propietarios definitivos sin deber, además, nada a ninguna entidad

Pongamos un ejemplo. Nos quedan 150.000 euros por pagar en los próximos años, pero nuestro banco acaba de ceder nuestra hipoteca a un tercero. En este caso, debemos saber que existe la posibilidad de que podamos pagar nuestra vivienda y olvidarnos de la hipoteca abonando sólo 15.000 euros. Este supuesto podría ser perfectamente real, ya que cuando nuestro banco vende el préstamo hipotecario que tenemos con él, podemos comprársela a nuestro nuevo acreedor por el precio que éste ha pagado. Y esta cuantía suele ser muy inferior a lo que, en realidad, nos quedaría por liquidar.

Es posible que podamos hacernos cargo del “nuevo” valor de nuestra hipoteca, que puede descender hasta incluso un 90% como en el ejemplo que comentaba al principio. Aunque, como media, se podría afirmar que estaríamos ahorrando en estos casos al menos un 50% del coste real, aproximadamente.

Lo esencial de todo este asunto es que los propietarios que abonan una hipoteca mes a mes deben revisar la misma, por si acaso se ha producido o se puede producir próximamente una venta de la deuda por parte de nuestro banco. La clave está en ponerse en manos de profesionales que tenemos experiencia en esta rama legal, ya que, debido al desconocimiento general del tema, es prácticamente la única manera de saber si estamos a tiempo de ejercer nuestro derecho a comprar nuestra propia hipoteca a un precio muy bajo, y cómo hacerlo.

Pero si no lo conseguimos, y pasan los 9 días establecidos desde que el banco cede nuestro crédito hipotecario, debemos saber un matiz importante: ahora estamos en unas manos bien distintas. Si mantenemos nuestros pagos al día y correctamente no notaremos ninguna eventualidad. Sin embargo, si no podemos hacer frente a la hipoteca debidamente y quisiéramos renegociar la forma de pago, entidades como los fondos buitre no suelen estar de acuerdo con ningún tipo de cambio al respecto. Y los impagos representarían directamente un embargo, sin más conversaciones.

 

17 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Artículo escrito por Caroline Jurgens, socia fundadora de Lúmina Home Staging

Cada vez es más común organizar en España jornadas de puertas abiertas para enseñar tu vivienda en venta. Es una manera eficaz de abrir la casa al público interesado, de tal forma que puede verla de una manera ‘fácil’ y abordable.

Es un día muy importante porque enseñas tu casa a todo aquel que busca un nuevo hogar, y debe estar perfecta. Si nunca has tenido perfil de vendedor, no te preocupes, es normal que no sepas bien qué hacer. Te detallamos cinco grandes errores que debes evitar a toda costa a la hora de enseñar una propiedad:

Exceso de decoración

Este es un error muy común. Los propietarios incluyen muchos elementos decorativos en la vivienda para que luzca mejor. No hay nada malo en disfrutar de la decoración y del arte, pero debes tener en cuenta que lo que estás tratando de vender es tu casa, no tu buen gusto (porque, además, puede ser totalmente contrario al de la persona que acude a la jornada de puertas abiertas).

A menudo, esta decoración se convierte en algo muy importante de un cuarto, haciendo que el comprador potencial se fije demasiado en esos elementos decorativos y se olvide por momentos de la habitación en sí. No sobrecargues la casa decorándola, y si cuelgas algún cuadro, fíjate en que sea proporcional al cuarto dónde quieres que se vea. Una pieza decorativa muy grande puede empequeñecer la habitación.

No hacer limpieza a fondo

Esto es algo que cae de cajón, pero a mucha gente todavía se le escapa. Es importante que una casa esté totalmente limpia para su presentación al comprador potencial en la jornada de puertas abiertas. Esto supone una gran diferencia en cómo los compradores pueden ver la casa. Son detalles que si no se tienen en cuenta puede hacerte perder interesados en tu vivienda. Tener la casa impoluta hará que todo fluya y se vea la casa como se merece.

Ignorar los armarios y despensas

Aquí es donde realmente se nota el detalle. Los compradores querrán ver el interior de cualquier armario y despensa que pueda haber en la casa, ya que la deben evaluar a fondo para tomar una decisión. Si no lo hacen, es porque no les interesa tanto la casa.

Lo que allí se encuentra dice todo lo que necesitan saber, y es un detalle común que no se suele tener en cuenta en la jornada de puertas abiertas. Tener todos los armarios organizados es esencial, ya que manifiesta un estilo de vida tranquilo y organizado, que es lo que cada comprador desea en la búsqueda de su nuevo hogar. 

Despreciar el exterior

Si tu casa tiene parte exterior, ¡mucho cuidado! Es verdad que lo más importante de una vivienda es el interior, porque es ahí donde se está la mayor parte del tiempo. Pero no debes centrar todos tus esfuerzos solo en eso, porque seguramente tus posibles compradores valoran tu casa precisamente por ese valor añadido (terraza, porche, jardín…).  Mantén el césped cuidado y asegúrate de limpiar cualquier residuo que pueda haber. Además, pon fuera de la vista los cubos de basura, si los tuvieses. No solo son poco atractivos, si no que puede ser una fuente de malos olores en un día tan importante como el de la jornada de puertas abiertas.

No dejar señales de mascotas

Esto es fundamental para todos los que tienen mascotas y quieren poner a la venta su vivienda. Sin duda, nuestra mascota forma parte de la familia, pero a los potenciales compradores no les interesa saber que un animal ha vivido en la casa. Es necesario limpiar y recoger bien todas las correas, comederos, bolsas de comida, camas, juguetes… Aunque no tiene por qué ser así, pero por si acaso es aconsejable quitar cualquier elemento que pueda evocar a que haya vivido un animal en esa casa, dado que puede afectar negativamente a la decisión del comprador.

Todos estos detalles son cruciales a la hora de vender tu casa y presentarla en una jornada de puertas abiertas. Preparar con detalle tu casa para las visitas de posibles compradores puede suponer la diferencia entre vender o no vender. ¿Estás listo para vender tu casa ya?

16 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

¿Cuántas veces has visto un programa de bricolaje con fantásticas ideas para decorar tu casa pero te has visto incapaz de ponerlo en práctica? Ahora bien, si esa nueva idea te la contara un amigo y te enseñara fotos o un vídeo de cómo lo ha hecho él mismo, ¿te animarías a intentarlo? ¿Acaso no verías el proyecto más factible? En este concepto se basa la exitosa plataforma Hometalk: cuenta ya con más de 6 millones de usuarios registrados.

Hometalk se presenta como un gran almacén de propuestas ‘hazlo tú mismo’ para el interior del hogar: los usuarios comparten en esta suerte de red social los proyectos baratos y originales que han llevado a cabo ellos mismos en sus casas. El espíritu colaborativo mueve esta gigantesca comunidad donde también se potencia el uso de materiales reciclados y económicos.

Con más de 40 millones de visitas mensuales, el éxito de Hometalk ha sido tal que uno de los vídeos más vistos ha acumulado 57 millones de reproducciones en Facebook (y subiendo). Sus autores son el matrimonio estadounidense Rob y Courtnet, definidos en su perfil de Hometalk como “creadores caseros”. La pareja  ha construido su propio árbol de Navidad en solo 30 minutos hecho con materiales baratos que todos podemos llegar a tener en casa. Así Courtnet, protagonista del vídeo, prepara este imprescindible adorno navideño con una tomatera de alambre, una maceta, unas guirnaldas y mucha creatividad.

 “Estos vídeos encarnan el espíritu de Hometalk: se enseñan unos a otros qué hacer para que sus casas mejoren”, explica Moe Mernick, responsable de desarrollo de negocio de la compañía. Tanto es así que miles de usuarios han comentado el famoso vídeo y los más manitas han mandado fotos de su propio árbol de Navidad partiendo de la idea del matrimonio.

Una comunidad unida por los tutoriales

Sin embargo, Hometalk es mucho más que una fuente de inspiración o unPinterest  de la decoración. Además de compartir textos, fotos y vídeos de los diferentes proyectos, el usuario podrá participar en un foro de debate. Solo tendrás que poner tu pregunta y miles de personas podrán ayudarte a resolverla. Y lo mejor es que podrás hacerlo sobre todo aquello que tenga que ver con el hogar: limpieza, jardinería, restauración de muebles, reparaciones…

La combinación de tutoriales paso a paso y el apoyo de la comunidad hacen que compartir una idea en Hometalk sea igual que ayudar a un amigo, poniendo en común lo que cada uno sabe y resolviendo las dudas para buscar la mejor solución entre todos. Además, muchos usuarios tienen su propio blog de decoración y deciden compartir sus proyectos en esta red social para llegar a un público mucho mayor.

¿Has descuidado tanto tu jardín que ahora parece un matorral? Este vídeo te puede ayudar a intentar acabar con la maleza  con papel de periódico y compost. Eso sí, no es el único consejo que puedes seguir: hay más de 25.000 proyectos de jardinería en la plataforma que puedes ponerte a estudiar para que tu parterre parezca el de un palacio (o al menos para que no luzca como una selva).

Los usuarios de Hometalk demuestran que los trastos viejos pueden tener una segunda vida. Un trozo de madera envejecido y varios tiradores de armarios pueden combinarse para poner orden en casa: puedes construir con ellos un original perchero. En solo una hora y media tendrás el tuyo para colgarlo donde quieras siguiendo los pasos de esta usuaria de Hometalk. Aprovechar viejos sacos de café para confeccionar unos curiosos cojines también puede ser una buena idea para dar a nuestra casa un toque moderno y diferente.

Utilizar botellas de cerveza para hacer tus propias velas o guardar las cucharillas de plástico para confeccionar un espejo son otras propuestas que demuestran que Hometalk es mucho más que un espacio con ideas tradicionales de decoración. Cómo limpiar una lavadora con productos naturales o eliminar manchas que se resistenson otros de los tutoriales de esta plataforma para ayudar a aquellos usuarios que se están adentrando en el mundo de las tareas domésticas y están un poco perdidos. Una  infinidad de consejos para poner en práctica con un poco de paciencia y ganas. 

El éxito basado en la cooperación

Hace cinco años que Miriam Illions, cofundadora de Hometalk, puso en marcha la plataforma. Pensó en destinarla a autónomos y empresas de bricolaje con el fin de que estos compartieran sus servicios en un principio. Sin embargo, tras su lanzamiento, blogueros y propietarios de viviendas comenzaron a colgar en la red sus ideas con entusiasmo. La plataforma siguió creciendo gracias a sus usuarios, que ya han generado más de 100.000 tutoriales de bricolaje que han sido vistos más de mil millones de veces.

Sus fundadores aseguran haber rechazado una suculenta oferta de compra. “Estamos en el mundo para cambiarlo y, a partir de la increíble retroalimentación que recibimos de nuestros usuarios, estamos en el camino de conseguirlo”, explica Mernick.  Su equipo de trabajo, compuesto por 49 empleados de 10 países diferentes,también es una muestra del espíritu enriquecedor de la compañía.

Según desvelan desde el departamento de desarrollo del negocio, el siguiente paso de Hometalk será consolidar alianzas con marcas que hagan que esta comunidad DIY llegue a más gente. De momento, la red social no cuenta con versión en español, así que habrá que esperar para ver si sus próximos pasos van encaminados a consolidar un mercado global. Van por el buen camino.

 

 

15 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Más de 200 matrimonios se rompen al día en España. Solo durante 2015 se produjeron más de 101.000 separaciones y divorcios según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Y seguramente en muchos de esos casos el adiós ha sido más lento de lo esperado por tener la casa y la hipoteca en común. Se puede acabar el amor, pero no lo que se firma con el banco.

“Más de uno puede pensar que la solución más sencilla pasa por vender la vivienda, cancelar el préstamo hipotecario y repartir el dinero sobrante. Sin embargo, esta fórmula no siempre es tan fácil como parece. Hay muchos obstáculos que se deben tener en cuenta”, insinúa Juan Villén, responsable de idealista hipotecas.

Los expertos recuerdan que para deshacerse de la casa y la hipoteca está la opción de negociar con el banco la dación en pago, vender la vivienda y cancelar el préstamo hipotecario o bien, traspasar a la expareja el 100% de la vivienda. Repasamos cuáles son los problemas más comunes en cada caso y qué decisiones se pueden tomar para que ambas partes salgan beneficiadas:

1. Negociar una dación en pago

Una alternativa es sentarse a negociar con el banco para intentar que se quede con la vivienda a cambio de saldar la deuda hipotecaria. Es decir, acordar con la entidad una dación en pago.

En los últimos meses, esta solución ha ido cobrando más interés. Por ejemplo, es uno de los puntos que firmaron el Partido Popular y Ciudadanos en el pacto de investidura de Mariano Rajoy, lo que significa que ambas formaciones esperan fomentar su uso. Además, un juzgado de Barcelona ha protagonizado el primer fallo que permite la dación en pago al considerar nula la cláusula de responsabilidad personal universal por ser abusiva.

Sin embargo, el banco es libre de aceptar o no este trato y no le suele salir a cuenta, sobre todo si la hipoteca se estaba pagando con regularidad. Debemos recordar que el sector financiero está intentando reducir el peso del ladrillo en su balance, una estrategia que, por regla general, es opuesta a aceptar las daciones en pago.

2. Vender la vivienda

Como decíamos unas líneas más arriba, una de las soluciones más lógicas pasa por vender la casa familiar, cancelar la hipoteca y repartirse el dinero que haya sobrado. Pero esta opción no está exenta de obstáculos. El más importante es que ambos estén de acuerdo en vender la casa, aunque cabe la posibilidad de que una de las partes quiera quedarse en ella.

Sin embargo, estar de acuerdo en traspasar el inmueble no es suficiente como para solucionar el problema. También hay que tener en cuenta que no todas las casas tienen la misma salida en el mercado.

Si las características del piso no encajan con la demanda, puede que el proceso de venta se alargue en el tiempo, lo que significa que la pareja tendría que permanecer ‘atada’ más de lo deseado. Según los últimos datos de Tinsa, el plazo medio de venta de una vivienda en España se sitúa en 9,9 meses, aunque en ciudades como Madrid y Barcelona es inferior a cinco meses.

Para traspasar el inmueble lo antes posible, los propietarios podrían acordar rebajar el precio. Pero, de nuevo, nos encontramos con una mala noticia: intentar vender el piso lo más barato posible atraerá el interés de potenciales compradores, aunque la pareja también perderá la oportunidad de recuperar el máximo dinero posible.

El principal riesgo de reducir demasiado el precio es que el importe de venta podría acabar siendo inferior al saldo vivo de la hipoteca. Si esto sucede, el banco deberá autorizar la conversión del importe del préstamo que no se ha cancelado con la venta en un préstamo personal, por ejemplo. Un escenario que no solo implicaría que la pareja sigue unida por una deuda, sino que además no siempre puede llevarse a cabo. Es difícil que el banco lo apruebe.

3. Una de las partes se queda con la vivienda

Otro de los escenarios posibles es que una de las partes se quede con la vivienda familiar y todo depende del régimen por el cual se comprara el inmueble. Así pues, lo primero es saber en qué régimen tienen la propiedad conjunta: si se trata de un condominio o proindiviso o bien de una sociedad de gananciales.

La principal diferencia es que, en un condominio, la propiedad de cada uno de los partícipes se encuentra perfectamente definida en porcentajes, por lo que a la hora de su extinción no existe discusión posible sobre el reparto, o valor determinado en tanto por ciento de adjudicación a uno de los copropietarios. En cambio, en una sociedad de gananciales no existe esa identificación porcentual, de ahí que su liquidación o división sea de mayor complejidad.

Por ejemplo, explica el responsable de idealista hipotecas, “si estamos casados en régimen de separación de bienes o somos pareja y la vivienda la compramos en proindiviso (condominio), deberemos hacer una extinción de condominio ante notario donde uno se adjudique el 100% de la vivienda. En cambio, si estamos casados en régimen de gananciales y la vivienda es ganancial, existen dos procedimientos:  el primero, liquidar ante notario la sociedad de gananciales adjudicándose la vivienda uno de los miembros o bien, la vía judicial donde un juez liquida la sociedad de gananciales”.  

Pero en ambos casos nos encontramos con el mismo problema: aunque una de las partes se adjudique el 100% de la casa y se comprometa ante juez o ante notario a pagar la misma, la otra no queda exenta de su obligación de pago. Si su expareja incumple, el banco puede ir contra ella.

Así pues, si el banco no acepta quitar a uno de los deudores se pierde la propiedad del bien, pero se sigue siendo deudor de la hipoteca, de manera que, si el nuevo propietario al 100% del inmueble no paga el crédito hipotecario y la deuda no se cubre con la subasta de dicho bien, el banco podrá ir contra todos los bienes presentes y futuros del no propietario, pero sí titular de la deuda hipotecaria.

¿Y cómo evitar problemas? La mejor solución pasa por cancelar el préstamo hipotecario conjunto después de firmar la extinción del condominio o la liquidación de gananciales. Una vez cancelado, la parte que se adjudica la vivienda deberá constituir una nueva hipoteca. “La mayor parte de los bancos están dispuestos a dar préstamos para comprarle la vivienda a tu ex, por lo que es importante tanto negociar con tu propia entidad como comparar con otras opciones”, recalca Villén.

Será necesario, por tanto, que el banco apruebe un nuevo préstamo hipotecario en el que el cedente no figure como deudor (titular hipotecario). Solo así la operación es satisfactoria para ambas partes, una porque se queda el inmueble y la deuda porque cede dicho inmueble, pero deja de ser deudor. Dicha novación del préstamo hipotecario, siempre, habrá de formalizarse ante notario.

14 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Las personas que conviven con un animal de compañía pueden desde hoy filtrar en idealista las búsquedas de alquiler de viviendas para que solo se les muestren aquellas en las que las mascotas son bienvenidas. De esta forma, los usuarios ahorran tiempo y energía, al poder descartar de inicio todas aquellas casas a las que no podrán acceder.

Durante los últimos seis meses, idealista ha ofrecido a todas las personas que ponían su anuncio de una vivienda en alquiler en la plataforma la posibilidad de definir si permiten o no el acceso de animales junto a su próximo inquilino.

El resultado es que sólo el 3% de los anuncios permiten mascotas, mientras que el 20% los prohíbe expresamente. El 77% restante prefiere no pronunciarse al respecto, esperando probablemente a negociar con el posible inquilino el tipo de animal doméstico del que se trate.

Madrid

La ciudad de Madrid se encuentra por encima de la media en lo que a permisividad con los animales domésticos se refiere, ya que son bienvenidos en el 3,9% de las viviendas en alquiler. El 14,5% de los anuncios veta directamente a las mascotas, y el 81,6% prefiere no pronunciarse.

Barcelona

Los propietarios barceloneses son más reacios que la media a la tenencia de animales en sus viviendas arrendadas, ya que sólo el 1,4% de los pisos anunciados admite que el inquilino conviva con ellos. De todas maneras, el porcentaje de viviendas en las que están expresamente prohibidos es también significativamente inferior (3,3%), ya que el 95,3% no se pronuncia.

Para Fernando Encinar, director de comunicación y jefe de estudios de idealista, “hacía mucho tiempo que nuestros usuarios nos pedían que incluyéramos este nuevo filtro de búsqueda, ya que cada vez son más las personas que deciden compartir su vida con un animal de compañía. La puesta en marcha de este proyecto ha mostrado una realidad que ya intuíamos, que a las dificultades de encontrar un alquiler en las grandes ciudades se suma la poca disposición de los propietarios

13 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

Cuando una persona vende su vivienda habitual está exenta del pago de impuestos (vía IRPF) por esas ganancias patrimoniales siempre y cuando invierta el dinero obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual. Pero, ¿qué pasa si se trata de una casa en construcción o una autopromoción? El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) establece un plazo de dos años para acabar las obras y adquirir la nueva propiedad.  

La ganancia (o pérdida) patrimonial que se produce cuando vendemos un inmueble tributa en el IRPF, entre el 19% y el 23%. Sin embargo, existen algunos casos en los que el contribuyente puede ahorrarse esos impuestos. Uno de estos casos es la famosa “exención por reinversión en vivienda habitual”, es decir, aquella persona menor de 65 años que ha vendido su casa está exenta del pago de impuestos, siempre y cuando el importe total se reinvierta en la compra de otra vivienda habitual o en su rehabilitación. 

El plazo que tiene es de dos años después de la transmisión de la casa o de dos años antes de dicha transmisión. En este último caso, para que la venta se encuentre exenta de tributación habría que solicitar una hipoteca sobre la vivienda y posteriormente cancelar la misma tras la venta de la vivienda antigua sin que se supere el plazo establecido de dos años. 

Para disfrutar de esta exención se puede comprar una vivienda ya construida o también una en construcción e, incluso, se contempla la autopromoción. Y ¿Cuál es el plazo de la exención por reinversión en vivienda si lo que se compra es una vivienda en construcción o si el contribuyente autopromueve su casa? El TEAC establece el plazo de dos años desde que se transmitió la vivienda, tal y como recoge el despacho Ático Jurídico Salcedo Abogados.

Según esta firma, de la resolución de la TEAC se derivan dos consecuencias para los contribuyentes, una buena y otra mala. “La buena es que la Agencia Tributaria no podrá negar al contribuyente la exención por reinversión en el caso de que materialice la reinversión en la compra de una vivienda en construcción o sea él quien la está autopromoviendo. La mala es que en estos casos, sólo tendrá dos años (anteriores o posteriores a la venta de la anterior casa), para acabar las obras y adquirir la nueva propiedad”. 

Otro colectivo que puede disfrutar de esta exención es aquel que tiene más de 65 años: no tendrá repercusión fiscal con la ganancia obtenida por la venta de su casa habitual. Así, los mayores de 65 años no están obligados a reinvertir en una casa nueva ni en una renta vitalicia. 

En este punto hay una novedad y es que los mayores de 65 años que vendan cualquier tipo de inmueble también estarán exentos de tributar en el IRPF las ganancias, siempre y cuando éstas se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada (es decir, en un producto de ahorro a largo plazo que comercializan las aseguradoras), con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses. 

 

Si vens la teva casa, tens dos anys per comprar una altra en construcció sense pagar impostos

Quan una persona ven el seu habitatge habitual està exempta del pagament d'impostos (via IRPF) per aquests guanys patrimonials sempre que inverteixi els diners obtinguts en la compra d'un nou habitatge habitual. Però, què passa si es tracta d'una casa en construcció o una autopromoció? El Tribunal Econòmic-Administratiu Central (TEAC) estableix un termini de dos anys per acabar les obres i adquirir la nova propietat.

El guany (o pèrdua) patrimonial que es produeix quan venem un immoble tributa en l'IRPF, entre el 19% i el 23%. No obstant això, hi ha alguns casos en què el contribuent pot estalviar-se aquests impostos. Un d'aquests casos és la famosa "exempció per reinversió en habitatge habitual", és a dir, aquella persona menor de 65 anys que ha venut la seva casa està exempta del pagament d'impostos, sempre que l'import total es reinverteixi en la compra d'una altra habitatge habitual o en la seva rehabilitació.

El termini que té és de dos anys després de la transmissió de la casa o de dos anys abans de la transmissió. En aquest últim cas, perquè la venda es trobi exempta de tributació caldria demanar una hipoteca sobre l'habitatge i posteriorment cancel·lar la mateixa després de la venda de l'habitatge antic sense que se superi el termini establert de dos anys.

Per gaudir d'aquesta exempció es pot comprar un habitatge ja construït o també una en construcció i, fins i tot, es contempla l'autopromoció. I Quin és el termini de l'exempció per reinversió en habitatge si el que es compra és un habitatge en construcció o si el contribuent autopromueve casa? El TEAC estableix el termini de dos anys des que es va transmetre l'habitatge, tal com recull el despatx Àtic Jurídic Salcedo Advocats.

Segons aquesta firma, de la resolució de la TEAC es deriven dues conseqüències per als contribuents, una bona i una de dolenta. "La bona és que l'Agència Tributària no podrà negar al contribuent l'exempció per reinversió en el cas que materialitzi la reinversió en la compra d'un habitatge en construcció o sigui ell qui l'està autopromoviendo. La dolenta és que en aquests casos, només tindrà dos anys (anteriors o posteriors a la venda de l'anterior casa), per acabar les obres i adquirir la nova propietat ".

Un altre col·lectiu que pot gaudir d'aquesta exempció és aquell que té més de 65 anys: no tindrà repercussió fiscal amb el guany obtingut per la venda de casa habitual. Així, els majors de 65 anys no estan obligats a reinvertir en una casa nova ni en una renda vitalícia.

En aquest punt hi ha una novetat i és que els majors de 65 anys que venguin qualsevol tipus d'immoble també estaran exempts de tributar en l'IRPF els guanys, sempre que aquestes es destinin a la creació d'una renda vitalícia assegurada (és a dir, en un producte d'estalvi a llarg termini que comercialitzen les asseguradores), amb un límit de 240.000 euros i en un termini de sis mesos.

 

09 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir

La sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario, y cuyo texto es el siguiente:

“Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente”.

Continúa dicha cláusula autorizando, el prestatario al Banco, para que este último le cargue en su cuenta las cantidades necesarias hasta la total inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, añadiendo los gastos, también a cargo del prestatario, y en caso de impago, por la reclamación judicial o extrajudicial de la deuda, incluidos honorarios de Abogado y Procurador, y ello aunque su intervención no sea obligatoria. Dichas cantidades quedarán incluso garantizadas con la propia hipoteca o garantía real, que no es otra que la vivienda.

De forma parecida, y en algunos casos idéntica, se encuentra redactada dicha cláusula en la casi totalidad de los contratos de préstamo hipotecario.

¿Cómo afecta entonces la nulidad declarada por el Tribunal Supremo al resto de las hipotecas que, siendo de otro Banco o Entidad, recogen una cláusula en idéntico sentido, aunque gramaticalmente se encuentre redactada de distinta forma?.

Al igual que ocurrió con las cláusulas suelo, redactadas de diferente manera por los distintos Bancos o Entidades, estas cláusulas de atribución al consumidor de todos los gastos derivados de la concertación y desarrollo del contrato, serán nulas; pero para ello será necesario que el prestatario o deudor realice la oportuna reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco y, en su caso, proceda a demandar ante los Juzgados.

Esto es así, porque la nulidad declarada por el Tribunal Supremo, lo es en base a la falta de concreción en el propio contrato de préstamo, de los gastos, comisiones y tributos, quedando establecidos de manera genérica.

¿Cuál es la forma de proceder si el contrato contiene una cláusula por la que se atribuyen al consumidor todos los gastos, comisiones y tributos del préstamo con garantía hipotecaria?

En primer lugar deberá de hacerse una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Entidad con quien se contrató el préstamo hipotecario, o en su caso, de la nueva Entidad que se haya fusionado o haya absorbido a aquél a quien se le pidió el dinero para la constitución de la hipoteca (aquí puedes descargarte el modelo de reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca Archivo modelo_de_reclamacion-gastos-formalizacion-hipoteca.docx).

Transcurridos dos meses desde dicha reclamación, haya contestado o no el Servicio de Atención al Cliente, y siempre que la respuesta, en caso de haberla, haya sido negativa, se podrá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del Banco, indistintamente.

Lo que se ha de solicitar en la demanda que se plantee ante el Juzgado, será la nulidad de la cláusula por abusiva, y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, los que deberán de ir perfectamente documentados con sus correspondientes facturas. Por el tipo de procedimiento que se ha de interponer, será necesaria la intervención de Abogado y Procurador.

¿Qué gastos, tributos y comisiones sí se pueden reclamar?

Partiendo de la base de que solo se puede pedir la restitución de los gastos correspondientes a la formalización de la hipoteca, y no de la compraventa, serán objeto de reclamación los siguientes:

1.  Facturas de Notaría y Registro de la Propiedad. El Tribunal Supremo dice en su sentencia que, “en lo que respecta a la formalización de escrituras notariales e inscripción de las mismas (necesaria para la constitución de la garantía real –o sea la hipoteca-), tanto el arancel de los notarios como el de los registradores de la propiedad, atribuyen la obligación de pago al solicitante del servicio de que se trate o a cuyo favor se inscriba el derecho. Y quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real, y adquiere la posibilidad de ejecución especial”.

Al no permitirse una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos como consecuencia de la intervención notarial y registral, haciendo recaer su totalidad sobre el deudor, se genera un desequilibrio al consumidor, por lo que la cláusula es abusiva.

2.  Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. De acuerdo a la Ley que regula el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: “será sujeto pasivo del impuesto el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales o aquéllos en cuyo interés se expidan”.

El Tribunal Supremo entiende que en referencia al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, el sujeto pasivo, es el Banco o Entidad prestamista. Es decir, el obligado al pago de dicho impuesto, tanto en lo que se refiere a su cuota fija –timbre del papel notarial-, como en su cuota gradual, es precisamente el Banco y no el prestatario o deudor hipotecario; por lo que es un tributo a incluir en la reclamación.

Aunque en algún blog he leído que el Reglamento que desarrolla la Ley del Impuesto contradice a esta última, en el sentido de que es el prestatario el obligado al pago, no podemos olvidar el principio de jerarquía normativa y, por tanto, que una norma reglamentaria no puede contravenir lo regulado por Ley, por lo que será de aplicación lo que dice esta última.

¿Qué plazo hay para solicitar la nulidad de la cláusula y reclamar la restitución de las cantidades pagadas?

El plazo es el de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo, es decir, dicho plazo finalizará el 24 de diciembre de 2019.

08 de febrero del 2017 Ampliar noticia / Compartir
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