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La nueva Ley de la Vivienda, que entró en vigor el pasado 26 mayo de 2023, entre sus muchas disposiciones, trata de paliar el efecto que causan los arrendatarios que dejan de pagar el alquiler, al tiempo que busca proteger a las personas en situación de vulnerabilidad económica ralentizando sus desahucios.

Entonces, respecto a los inquilinos morosos, ¿cómo te afecta tenerlos con la nueva Ley?

 

Dejar de recibir la renta

Aunque sea la más obvia, esta es la consecuencia principal de alquilar una casa a un moroso. Durante el tiempo que conlleve ejecutar el desahucio, dejarás de percibir unos ingresos por tu vivienda, pero tendrás que seguir pagando los impuestos asociados a ella.

Por ejemplo, si te corresponde el pago del IBI, la tasa de basuras o la comunidad de propietarios, tendrás que asumir dichos gastos aunque tu inquilino no pague el alquiler. Por ello, siempre se recomienda consultar a los candidatos a inquilino en el fichero de morosos y contratar un seguro de impago.

 

Destrozos en tu vivienda

Es frecuente que los inquilinos que dejan de pagar la renta y comienzan a permanecer en una vivienda de forma gratuita, algo que se conoce como ‘inquiokupación’, generan destrozos y desperfectos en tu vivienda, que descubrirás una vez vuelvas a tomar posesión de ella.

 

No poder actualizar la renta por encima del 2%

Esta medida no solo atañe a aquellos propietarios con inquilinos morosos, pero impide al arrendador actualizar la renta conforme a la situación del mercado o encontrar a nuevos inquilinos dispuestos a pagar un nuevo precio. En 2024 el límite es del 3%, es decir, no está vinculado al IPC.

Prórroga obligatoria 

En zonas tensionadas, los inquilinos pueden solicitar una prórroga extraordinaria de su contrato por un periodo máximo de tres años. Esta prórroga se concederá de forma automática, salvo que el propietario acredite que necesita la vivienda para uso propio o que las partes hayan acordado un nuevo contrato con las limitaciones en la renta que procedan.

La duración de la prórroga será de un año por cada solicitud y se aplicarán los términos y condiciones del contrato original.

 

Dificultad para el desahucio

Con la nueva Ley de Vivienda, los desahucios pueden verse dificultados si el inquilino moroso alega encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica. En caso de que se certifique dicha condición, un juzgado puede fijar una pausa en el proceso de desahucio de dos meses para personas físicas y de cuatro meses para personas jurídicas. 

 

Qué se puede hacer con un inquilino moroso con la nueva Ley

Aunque la nueva ley pueda paralizar o demorar los desahucios de los inquilinos morosos en situación de vulnerabilidad, tarde o temprano se ejecutarán. Un solo mes de renta que falte por pagar se considera incumplimiento de contrato y se podrán emprender las acciones necesarias para recuperar la vivienda y la deuda. Es decir, habrá que iniciar el desahucio como se venía haciendo.

Sin embargo, en este escenario en el que existe un arrendatario vulnerable, la nueva Ley exige que se informe a las autoridades competentes en materia de vivienda y asistencia social, así como a las que se ocupan de ayudar a personas en riesgo de exclusión social, para que tomen las medidas oportunas.

Además, se necesitará proporcionar cierta información como, por ejemplo, si el piso es la residencia principal del inquilino, si el demandante es considerado un “gran tenedor” y si también está en una situación económica vulnerable. Cuando el demandante es un "gran tenedor", se requerirá demostrar que se ha llevado a cabo un proceso de mediación o conciliación.

 
 
FUENTE: Eduardo G. Martínez de IDEALISTA 

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 04 de enero del 2024