Idioma: cat esp Entrar en la web finquesferro.com Síguenos: facebook youtube rss
Suscribirse al Newsletter
banner-noticies
Todas las noticias


 
- Titularidad de los inmuebles. Se recomienda revisar las imputaciones de rentas inmobiliarias. Señalar que se considera que los inmuebles urbanos generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral.
- Alquileres turísticos. Tampoco hay que olvidar los alquileres turísticos, para lo que se ha de rellenar el modelo específico 179.
En la Renta 2018, en cuanto a la deducción del IRPF estas son las principales desgravaciones:
  Ganancias patrimoniales. Las ayudas para la compra o reforma de una vivienda se perciben como ganancias patrimoniales, aunque estas suelen venir incorporadas al borrador, es conveniente revisar el documento para evitar una liquidación y su correspondiente sanción.
  Deducciones autonómicas. Las ayudas por alquiler de vivienda que conceden las autonomías también pueden representar importantes beneficios fiscales para los contribuyentes. De ahí que los Técnicos del Ministerio de Hacienda aconsejen a estos dedicar algo de su tiempo a leer sus pormenores según en la Comunidad Autónoma en la que se tributa.
  Alquiler de vivienda habitual. La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual está vigente para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Esta organización aclara que para estos beneficiarios se mantiene la deducción del 10,05% de las cuotas en el periodo impositivo, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.
  Compra de vivienda. La situación anterior también se refleja en el ámbito de la compraventa. Es por ello que, quienes adquirieron un inmueble como vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 pueden deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas con un límite de 9.040 euros.
  Rehabilitación.  Los contribuyentes que hayan realizado algún gasto en obras de rehabilitación, adecuación a personas con discapacidad o ampliación de la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 también deben revisar a fondo el borrador, pues estos importes deben quedar incluidos.
  Divorcio. En relación a los ex cónyuges que han dejado la vivienda familiar comprada antes del 1 de enero de 2013 y que siguen pagando el inmueble donde residen los hijos menores, se les anima a incluir la deducción por vivienda habitual en sus declaraciones. De hecho, aclaran que tal deducción es compatible con la de alquiler a la que pueda tener derecho.

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 09 de abril del 2019