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La nueva Ley Hipotecaria prohíbe las operaciones vinculadas que condicionaban la concesión de una hipoteca a la contratación de un seguro de vida. De hecho, quedan prohibidas todas las ventas vinculadas. Es decir, el banco no podrá ligar la concesión de un préstamo a la contratación de uno o varios seguros ni obligar a sus clientes a contratar otros productos vinculados.
 
El objetivo de esta medida es que los bancos no puedan obligar a los clientes a contratar productos a cambio de concederles la hipoteca. Sin embargo, sí podrán ofrecer productos cuya contratación suponga una mejora de las condiciones del préstamo. Esto se conoce como oferta combinada.
 
El Banco de España supervisará este tipo de actividades para detectar posibles productos vinculados disfrazados de combinados.

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 02 de abril del 2019