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El Colegio de Administradores de Fincas contesta que la LAU establece que el arrendador debe pagar las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, mientras que el inquilino pagará las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por uso ordinario de la vivienda. Eso sí, si la avería se produce al inicio del arrendamiento, la reparación o sustitución corre a cargo del casero.

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 29 de octubre del 2018