Idioma: cat esp Entrar en la web finquesferro.com Síguenos: facebook youtube rss
Suscribirse al Newsletter
banner-noticies
Todas las noticias


1.- Identificación del propietario de la vivienda alquilada con fines turísticos: nombre, apellidos o razón social y número de identificación fiscal.
2.- Identificación del inmueble con su referencia catastral.
3.- Identificación de los huéspedes, y el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos: nombre, apellidos o razón social y número de identificación fiscal. Los caseros deberán contar con una fotocopia del documento de identificación del cliente.
4.- Importe percibido por el propietario de la vivienda por la prestación del servicio.
Para todo esto, el Ministerio de Hacienda aprobará un modelo de declaración, forma, plazo y lugar de presentación, así como cuantas otras medidas sean necesarias para el cumplimiento de esta disposición. 
 

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 15 de junio del 2018