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Será un solo Juzgado por provincia el que va a decidir sobre los derechos de los consumidores (personas físicas) que reclaman el auxilio judicial por las cláusulas abusivas de sus hipotecas. Hay que apuntillar que esta medida, tildada de urgente, no se adoptó, sin embargo, cuando entraban a borbotones en los Juzgados las ejecuciones hipotecarias que a tantas familias han dejado en la calle.
Terminado el plazo del Real Decreto que aprobaba el mecanismo extrajudicial de devolución de las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo, se ha visto que no ha dado resultado, ante la tozuda resistencia de la banca a reintegrar los importes cobrados indebidamente, a pesar de las facilidades que le daba tan desafortunada norma legal (plazo moratorio para decidir y contestar, no imposición de costas, y exención de sanción alguna por incumplimiento), se generan estos Juzgados, de momento, “fantasma”, y que resultarán ser unos “Juzgados trampa”.
¿Por qué se trata de unos Juzgados “fantasma”?
Se trata de unos Juzgados “fantasma”, porque la gran mayoría de ellos carecen del personal y de los medios necesarios para trabajar y administrar Justicia, a pesar de haber entrado en funcionamiento el pasado 1 de junio de 2017, y de estar recibiendo demandas en cascada desde esa fecha, por obligación impuesta a quienes tratamos estos asuntos, que no por la elección de los consumidores ni de sus profesionales.
Según los datos del propio CGPJ, en el plazo transcurrido entre el 1 y el 8 de junio, en las trece Comunidades Autónomas que se ha implantado el Juzgado uniprovincial especializado, se han presentado 1.986 demandas, por lo que, de mantenerse este ritmo, en un año entrarían 90.611 demandas, a repartir entre 54 Juzgados.
Por tanto, las 600 demandas contabilizadas se encuentran en el “limbo” a la espera de que despachen su admisión a trámite, hecho éste que ha de ser realizado precisamente por el personal no nombrado, los Letrados de la Administración de Justicia.
¿Y dónde está la “trampa”?
Que los Juzgados, en general, se encuentran colapsados, es de sobra conocido, siendo que la sobresaturación les viene dada como consecuencia de las cada vez más numerosas demandas interpuestas contra los bancos. Y así nos lo vienen manifestando los distintos Juzgados a los profesionales que nos dedicamos a estos asuntos, incluso mediante resoluciones judiciales.
El colapso es obvio que genere retrasos, pero muchas demandas repartidas entre muchos Juzgados, entre los distintos partidos judiciales, no es lo mismo que las mismas demandas concentradas en un solo Juzgado, no por partido judicial, sino por provincia.
Y de muestra un botón, con el ejemplo puesto anteriormente, 600 demandas en tan solo 10 días en el Juzgado único para toda la Comunidad de Madrid, cuando las mismas podían estar repartidas entre los 100 Juzgados de Madrid capital más otros tantos que sumarán los distintos partidos judiciales.
Es decir, el retraso judicial en la solución de las demandas que se plantean por los consumidores en exigencia de sus derechos, se augura infinito, y ya sabemos que “Justicia retardada es Justicia no dada” o “Justicia tardía no es Justicia”.
Si el Real Decreto tenía “truco” y no trato, como se vendía, estos Juzgados tienen “trampa”.
¿Cuáles son las materias que van a enjuiciar estos Juzgados? ¿Quiénes van a estar al frente y cuántos Juzgados se han creado?
Según la propia página web del Consejo General del Poder Judicial, que recoge los términos del acuerdo adoptado y publicado en el BOE: “conocerán, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física”.
Y especificando aún más: Estos asuntos se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.
Es decir, asuntos de extrema complejidad, cuyo conocimiento corresponderá a un Juez en prácticas (recién salido de la escuela judicial, sin haber llevado a término su formación), a quien le dan tan honorable destino de Juzgado sobresaturado desde su nacimiento, con asuntos que requieren un estudio y comprensión profunda para poner una sentencia jurídicamente coherente y responsable.
El número de Juzgados que se han creado, hasta la fecha, es uno por provincia, con un total de 54, y se encuentran en las capitales, de manera que se obstaculiza el acceso a la Justicia por parte de quien vive alejado de ella y en zonas rurales
¿Cómo ha sido acogida esta medida entre los distintos estamentos de operadores jurídicos?
Esta medida de urgencia aprobada por el CGPJ ha sido denunciada y contra la misma han alzado la voz todos los operadores jurídicos sin excepción, incluidas la totalidad de las Asociaciones de Jueces y Magistrados, de todos los Decanos de Juzgados de España y de Letrados de la Administración de Justicia.
 

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 25 de enero del 2018