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En concreto, el portal calcula que el ingreso medio de los ayuntamientos por plusvalía desde 2013 asciende 4.520,71 euros. Una cifra nada desdeñable si tenemos en cuenta que se podría haber vendido en pérdidas más de medio millón de viviendas desde dicho ejercicio. Dicho de otro modo: unos 550.000 afectados podrían reclamar su dinero.
 
[Todo lo que debes saber sobre la plusvalía municipal]
 
“Lo mejor es iniciar la reclamación del impuesto cuanto antes. Hay que aprovechar el respaldo del Tribunal Constitucional y la oportunidad que legalmente se abre en este momento. Para ello, lo mejor es tener un asesoramiento legal especializado en la materia", sugiere Pablo Rabanal, fundador de reclamador.
¿Y quién puede reclamar? La respuesta es todos aquellos que han tenido que pagar el impuesto tras haber cerrado la venta del inmueble en pérdidas o sin ganancia alguna. Además, es necesario que no hayan pasado más de cuatro años desde que se pagó el tributo, ya que es el plazo legal que establece la Ley General Tributaria.
Rabanal recuerda que "primero hay que reclamar al Ayuntamiento y en caso de no obtener una resolución expresa, acudir a la vía judicial". El proceso puede durar hasta dos años y medio y que es necesario contar con tres documentos básicos: la escritura de la compra del inmueble, la escritura de venta y el justificante de haber pagado el impuesto de plusvalía.
El portal también asegura que "la polémica del pago de la plusvalía municipal cuando no se ha obtenido ganancias en la venta del piso queda de esta manera zanjada. Aunque esta sentencia no implica que se elimine el tributo ni que los usuarios no deban pagarlo cuando existe un incremento en el valor del inmueble que se transmite. Lo que han incluido ahora los jueces del TC es una excepción en el caso de que no existan beneficios por la venta, ya que el sistema de cálculo de este impuesto da por hecho que el precio de la vivienda siempre sube, cuando no es exactamente así. Por lo tanto, esta situación debería haber impedido a los ayuntamientos liquidar y cobrar el impuesto".

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 10 de julio del 2017