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En este sentido, el papel de los notarios a partir de ahora será relevante. Los fedatarios públicos tendrán que asesorar gratuitamente a los clientes sobre las condiciones del contrato siete días antes de la firma del mismo, para que, sobre todo, las cláusulas contenidas en el documento son entendibles. Por ello, se obligará a los bancos a entregar el proyecto contractual una semana antes de la rúbrica de la escritura. De lo contrario, no se podrá autorizar la operación. La firma, además, tendrá que ser aceptaba por el usuario con una "expresión manuscrita" indicando que ha recibido la documentación precontractual y que comprende y acepta las condiciones.
Todas las cláusulas, tendrán que estar contenidas en una ficha normalizada para garantizar la transparencia, que será entregada al cliente. En ella, las entidades tendrán que explicar los riesgos asociados a las mismas, entre las que se encuentran cláusulas suelo, posibilidad de vencimiento anticipado, distribución de gastos asociados al préstamo o créditos multidivisa. La normativa, asimismo, obligará a los bancos a dar a los usuarios un documento separado que incluya una simulación de las cuotas periódicas a pagar con diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés, en caso de que la financiación sea a tasas variables. Algunas entidades ya vienen incorporando desde hace años esta información, lo que les ha evitado condenas en las sentencias sobre cláusulas suelo.

Desglose de los gastos

Los cambios que quiere introducir el Gobierno también ponen coto a las comisiones e imponen una información desglosada de todos los gastos (impuestos, gestoría, notaría, etc) que conlleva la operación, además de permitir con carácter voluntario un contrato estándar.
Los usuarios, una vez se apruebe la normativa, podrán amortizar la hipoteca sin más compensaciones o comisiones que las pérdidas que ocasione al banco.

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 22 de junio del 2017