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Se acerca uno de los días más mágicos del año: el 22 de diciembre, el día del Sorteo Extraordinario de Navidad. El próximo jueves se repartirán más de 2.300 millones de euros en premios que irán desde los 20 euros de un reintegro hasta los 400.000 euros de el Gordo. Recordamos cuánto se queda Hacienda en cada caso, cómo influirá en la Declaración de la Renta, dónde y hasta cuándo se puede cobrar el décimo agraciado y qué hacer si toca un décimo compartido.

1. Cuántos premios hay y cuánto se puede llegar a ganar

Este jueves, 22 de diciembre, el Sorteo Extraordinario de Navidad repartirá 2.310 millones de euros en premios, 70 millones de euros más que el año pasado, que van desde los 20 euros por un reintegro (es decir, que tu décimo acabe con el mismo número que el Gordo) hasta los 400.000 euros por décimo que se pueden conseguir por el primer premio. En total, Loterías y Apuestas del Estado ha puesto a la venta 165 millones de décimos, formados por 165 series de 100.000 números cada una.

CUADRO ADJUNTO

Los premios de hasta 2.500 euros están exentos de impuestos, aunque desde el año que viene todas las cantidades que superen dicha barrera están sujetas a una retención un 20%. El ganador recibirá directamente el premio neto (es decir, recibirá el premio con los impuestos ya descontados), por lo que si te toca el Gordo te embolsarás como máximo 320.500 euros por décimo.

Así pues, los agraciados con el Gordo tendrán que compartir con Hacienda 79.500 euros, mientras que los receptores del segundo premio -125.000 euros por décimo- le cederán 24.500 euros, y los ganadores del tercer premio -50.000 euros por décimo-, un total de 9.500 euros.

2. Hacienda ganará casi 200 millones

En total, Hacienda se quedará con unos 194,2 millones de euros por los premios cobrados según calcula el Sindicato de los Técnicos de Hacienda (Gestha), que ha elaborado esta tabla con las retenciones de cada premio:

CUADRO ADJUNTO

Para Loterías y Apuestas del Estado, el Sorteo Extraordinario de Navidad es el más importante del año, ya que con él se consigue casi un 30% de la recaudación anual vía lotería. El año pasado, por ejemplo, las ventas del 22 de diciembre alcanzaron 2.584 millones de euros, más de una cuarta parte de los 8.780 millones totales. “Por lo tanto, la Navidad también es la época en la que Hacienda recauda más por el gravamen a los premios superiores a 2.500 euros”, aclara Gestha.

Además, Hacienda se queda con los premios no cobrados. Recuerda que tienes tres meses desde el día posterior al sorteo para cobrar el dinero. Una vez que pasa ese plazo, los décimos caducan y no se pueden cobrar.

3. Ojo con los demás impuestos

Una vez que se cobra el premio, ya libre de impuestos, no hay que volver a tributar por él en la Declaración de la Renta. En este sentido, los Técnicos de Hacienda recuerdan que “Loterías realiza directamente la retención de estos premios al cobrarlos, así los agraciados recibirán el importe con el impuesto ya descontado y solo tendrán que anotar el premio en la Declaración de Renta, con un gravamen especial que es exactamente del mismo importe que la retención descontada al cobrarlo, por lo que declarar el premio no tendrá ningún impacto en el IRPF, salvo añadir en su Declaración los rendimientos que les genere, como intereses bancarios”. Es decir, no se vuelve a tributar por ese dinero, pero sí por los beneficios que obtengamos si lo invertimos.

Como la cuantía del premio no se incluye en la base general ni en la del ahorro del IRPF, los premiados no se verán afectados a la hora de pedir becas, prestaciones de asistencia o cualquier otra ayuda pública que dependa de los ingresos y no del patrimonio. Ahora bien, los saldos bancarios o el derecho de cobro del premio a 31 de diciembre pueden determinar la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Patrimonio si el valor neto de los bienes individuales supera los 700.000 euros.

Por otro lado, el premiado quiere dar dinero a familiares y amigos, Hacienda estará doblemente agradecida: el motivo es que el beneficiario de la donación deberá tributar ese ‘regalo’ por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía en función de cada comunidad autónoma.

4. ¿Décimos a medias? Se comparten alegrías y obligaciones

Es legal compartir un décimo, aunque hay que tener cuidado si resulta premiado. Gestha recuerda que quienes compartan un premio que exceda de los 2.500 euros también deberán ceder a Hacienda el 20% de su participación, aunque ésta sea inferior a esta cifra, pues el impuesto se exige al premio, independientemente de cómo y cuánto esté participado. Dicho de otro modo, si nos tocan 5.000 euros, el pellizco que se lleva Hacienda es el mismo (el 20% de 2.500 euros), independientemente del número de personas que jueguen dicho décimo.

Para evitar que un décimo compartido acabe tributando por Sucesiones y Donaciones y que el portador del original se quede todo el dinero, las recomendaciones son, por un lado, fotocopiarlo, especificando la cantidad que aporta cada uno y firmando cada uno de los pagadores. Por otro lado, los asesores fiscales recomiendan a quienes cobren un premio compartido que acudan juntos a cobrar el premio para poder repartirlo en su parte correspondiente.

5. Acude al banco si ganas más de 2.500 euros

Los premios pequeños pueden cobrarse en cualquier Administración de Lotería, aunque si la cantidad es igual o superior a 2.500 euros es necesario acudir a un bancopara cobrar el premio. Las entidades financieras asociadas son muchas y se pueden consultar en la propia web de Loterías [Pincha aquí para consultar dónde se pueden cobrar los premios]. Ten en cuenta que ni el banco ni la caja de ahorros pueden cobrar ningún tipo de comisión, ni exigir contraprestación alguna por pagar el premio. En cualquier caso, no podrás disponer del dinero hasta un día después del sorteo. Esto es, hasta el viernes.

 

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 21 de diciembre del 2016