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Ya se ha aprobado finalmente la ley que estrena un impuesto sobre viviendas vacías. La tasa se aplicará a las

personas jurídicas y administraciones autonómicas y locales que tengan viviendas que lleven más de dos años sin

estar habitadas y que estén en poblaciones donde hay demanda de inmuebles. El objetivo es animar a las entidades financieras que tienen pisos vacíos a que los pongan en alquiler. Se calcula que esta ley afectará como mínimo a 15.000 viviendas ubicadas en 72 municipios con más demanda y que se cobrará una media anual de entre 1.000 y 2.000 euros por piso vacío.

La nueva norma, que ha recibido la luz verde del Parlamento catalán justo un año después de que la aprobara el

Consell Executiu, aplicará el impuesto a las viviendas desocupadas durante más de dos años sin causa justificada. A las personas físicas y las entidades del tercer sector de la red de inclusión social no les afectará este impuesto, pero sí que afectará a las entidades financieras y a la administración autonómica y local si tienen pisos vacíos durante más de dos años en zonas de fuerte demanda de vivienda. El conseller de Territori i Sostenibilitat, Santi Vila, ha explicado que “seremos exigentes con todos” para “garantizar el derecho social a una vivienda digna”.

En la nota de prensa de la Agència d l’Habitatge de Catalunya sobre la aprobación de este impuesto se apunta que la crisis ha reducido a mínimos históricos la demanda de pisos en venta, pero se ha incrementado la demanda de pisos en alquiler. De hecho hay unos 80.000 de nueva construcción que todavía no se han vendido en Catalunya y una parte importante de este stock está en manos de entidades financieras esperando un comprador.

Por esta razón, Vila afirma que “el objetivo de esta ley no es recaudar dinero”, es “la movilización del parque de

viviendas vacías que tenemos en Catalunya”.

La ley prevé una serie de bonificaciones en función del número de pisos que se vayan poniendo en alquiler social. El titular de los pisos vacíos puede ofrecer el alquiler social (a precios asequibles) directamente o puede ceder las

viviendas a bolsas de mediación para su alquiler social o a las administraciones públicas o a las entidades sociales.

 

Estas son las bonificaciones:

 

1.- Bonificación del 10% de la cuota – Si se destina del 5 al 10% de las viviendas al alquiler social.

2.- Bonificación del 30% de la cuota – Si se destina del 10 al 25% de las viviendas al alquiler social.

3.- Bonificación del 50% de la cuota – Si se destina del 25 al 40% de las viviendas al alquiler social.

4.- Bonificación del 75% de la cuota – Si se destina del 40% de las viviendas al alquiler social.

5.- Bonificación del 100% de la cuota – Si se destina al alquiler social más del doble de las viviendas vacías que

tengan que ser gravadas con el impuesto.

 

Pese a que la voluntad de la ley no es recaudatoria sí que se ha previsto ingresar unos 8 millones de euros. Este

dinero se destinará a comprar pisos para ponerlos en alquiler social y así engordar la cifra que ya se había previsto

invertir en esto. “Entre este año y el próximo compraremos más de 1.400 pisos para incrementar un 10% el parque

público de la Generalitat”, ha anunciado Vila.

“Hace dos años no había ni una sola vivienda cedida por una entidad financiera al parque público”, recuerda Vila.

Pero desde que se anunció la creación de este impuesto a viviendas vacías, “ya tenemos el compromiso para

cedernos más de 1.530 pisos” afirma Vila.

Ahora sólo queda que pasen los meses para ver cómo evoluciona este impuesto.

Compartir: Facebook Twitter Google + Menéame.net 30 de noviembre del 2016